ARGENTINA
Dólar ahorro: ¿a partir de cuándo rigen las restricciones y medidas del nuevo impuesto del 35%?
Las compras de dólar ahorro y los gastos en el exterior tendrán un recargo del 35% a cuenta del impuesto a las Ganancias.
La Administración Federal de Ingresos Público (AFIP) anunció que las compras de dólar ahorro y los gastos en el exterior (o en moneda extranjera) con tarjeta de débito y/o crédito tendrán un recargo del 35% a cuenta del impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales.
Este nuevo impuesto se aplicará sobre el total del monto de la operación, al que también se le aplicará el impuesto PAIS del 30% que rige desde fines del año pasado.
Por ejemplo, si una persona realiza una compra de artículos en el exterior por internet por un monto equivalente a 1000 pesos argentinos, se le sumará una alícuota de 350 pesos (35%) a cuenta del pago de Ganancias y Bienes Personales. Además, a esos 1000 pesos se les sumará el Impuesto PAIS (30%), es decir, 300 pesos más. En total, el monto que se verá reflejado en el resumen de la tarjeta será de 1650 pesos argentinos.
Cabe destacar que la iniciativa se propone mantener el cupo de 200 dólares mensuales vigente, pero desalentar la demanda de moneda extranjera. Es por esto que los gastos se tomarán a cuenta de este cupo de 200 dólares (cuando los gastos mensuales superen el cupo, absorben del cupo de los meses subsiguientes).
¿A partir de cuándo rigen las restricciones y medidas del nuevo impuesto del 35%?
La Resolución General 4815/2020, publicada en el Boletín Oficial el miércoles 16 de septiembre, aclara que "la presente resolución general entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y resultará de aplicación a las operaciones efectuadas desde el día de su vigencia".
Es importante destacar que a partir del 1 de septiembre de 2020 los pagos realizados por los consumos en moneda extranjera con tarjetas de crédito o débito se tomarán a cuenta del cupo mensual.