TRABAJO

Aumento de salario mínimo: cuánto se cobrará en diciembre y qué hacer si cobro menos

El Gobierno nacional oficializó una suba total del 20% que se terminará de concretar en marzo 2023. Todo lo que tenés que saber.

Juan Ignacio RoncoroniEFE

El Gobierno nacional acordó en el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil el incremento cuatrimestral para el salario mínimo.

Dicho incremento será en total del 20% y se pagará de forma escalonada: 7% en diciembre 2022, 6% en enero 2023, 4% en febero y 3% en marzo del 2023, cuando las partes se volverán a reunir.

¿De cuánto es el Salario Mínimo y a cuánto pasará?

Hasta noviembre el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVyM) en la Argentina era de $57.900.

Con los aumentos quedará de la siguiente manera:

  • Diciembre: $61.953
  • Enero: $65.427
  • Febrero: $67.743
  • Marzo: $69.480

Es importante destacar que el salario se cobra a mes vencido, es decir, la remuneración por lo trabajado en noviembre se cobra en diciembre y así sucesivamente.

¿Qué hacer si cobrás menos del SMVyM?

La Ley de Contrato de Trabajo establece al Salario Mínimo, Vital y Móvil como “la menor remuneración que debe percibir en efectivo el trabajador sin cargas de familia, en su jornada legal de trabajo, de modo que le asegure alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte y esparcimiento, vacaciones y previsión”.

El artículo 103 indica que “se entiende por remuneración la contraprestación que debe percibir el trabajador como consecuencia del contrato de trabajo” y aclara: “Dicha remuneración no podrá ser inferior al salario mínimo vital”.

Vale resaltar que la misma Ley indica que “por ninguna causa podrán abonarse salarios inferiores a los que se fijen de conformidad al presente capítulo, salvo los que resulten de reducciones para aprendices o para trabajadores que cumplan jornadas de trabajo reducida, no impuesta por la calificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 200″.

En el caso de que no se respete lo que indica la Ley el trabajador tiene derecho de realizar un reclamo legal.

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