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CORONAVIRUS ARGENTINA

ANSES: requisitos y quién puede acceder a Internet por $600

El Gobierno Nacional mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia, abrió la posibilidad de acceder a conexión de internet a precio accesible.

ANSES: requisitos y quién puede acceder a Internet por $600

Por medio de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 690/20, el Gobierno Nacional creó la Prestación Básica Universal (PBU) y Obligatoria de distintos servicios, entre ellos el Internet.

Esto está destinado a titulares de beneficios y haberes que paga la Anses, entidades de Bien Público, Clubes de Barrio y Asociaciones de Bomberos Voluntarios. Cada individuo o entidad debe presentar una declaración jurada ante la empresa prestadora del servicio.

Beneficiarios de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles, como así también sus hijos/tenencia de entre 16 y 18 años.

Jubilados, pensionados y trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles ($20.587,50), es decir menor a $41.175, como así también sus hijos/tenencia de entre 16 y 18 años.

Beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo (AUH), como así también sus hijos/tenencia de entre 16 y 18 años, y miembros de su grupo familiar.

Usuarios inscriptos en el Régimen de Monotributo Social como así también sus hijos/tenencia de entre 16 y 18 años.

Trabajadores monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles, como así también sus hijos/tenencia de entre 16 y 18 años.

Usuarios que perciban seguro de desempleo como así también sus hijos/tenencia de entre 16 y 18 años.

Usuarios incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley N°26.844), como así también sus hijos/tenencia de entre 16 y 18 años.

Usuarios que perciban una beca del programa Progresar.

Personas que se encuentren desocupadas o se desempeñen en la economía informal, como así también sus hijos/tenencia de entre 16 y 18 años.

Asociaciones civiles, simples asociaciones y fundaciones que no persiguen fines de lucro en forma directa o indirecta y las organizaciones comunitarias sin fines de lucro con reconocimiento municipal que llevan adelante programas de promoción y protección de derechos o desarrollan actividades de ayuda social directa sin cobrar a los destinatarios por los servicios que prestan.

Beneficiarios de programas sociales, como así también sus hijos/tenencia de entre 16 y 18 años.

Asociaciones de Bomberos Voluntarios definidas por la Ley 25.054 como entes de primer grado y que se encuentren registrados en los términos de dicha ley.

Clubes de Barrio y de Pueblo que se encuentren registrados conforme lo dispuesto por la Ley 27.098.

Qué servicios tiene el PBU

Telefonía móvil. Valor final $150; minutos misma compañía, 500; minutos otras compañías, 50; SMS, 500; sitios web y 0800 liberados, gob.ar/edu.ar/uba.ar y hasta 30 sitios diferentes; Whatsapp, solo textos.

Paquetes de datos. Opción A: Tiene un valor final de $200 por un 1 GB de datos. Opción B: costo de $18 por 50 MB de datos por día.

Telefonía fija. Posee un costo final de $380 que incluye 300 minutos de llamadas locales y de larga distancia nacional, a destinos fijos nacionales. Llamadas libres a 0800 y números cortos de emergencia.

Internet domiciliaria. Se excluye el Internet satelital. Para prestadores de más de 50.000 clientes en el AMBA deberán ofrecer una velocidad de conexión de 10 Mbps por $700 finales y mensuales. En el resto del país, la velocidad deberá ser de 5 Mbps por el mismo importe. En el caso de prestadores de entre 2000 y 50.000 abonados, la velocidad será de 5 Mbps por $700 mensuales. El beneficiario puede elegir por acceder al Plan de Menor velocidad con un descuento del 30%. Para los prestadores con menos de 2000 clientes la velocidad será de 2 Mbps por $600.

Televisión por cable. Para prestadoras con más de 50.000 clientes el porcentaje de descuento debe ser del 30%; entre 100.000 y 500.000, el descuento es del 25%; en el caso de las compañías que tienen entre 30.000 y 100.000, el ahorro es del 20%.