Impuestos 2021: calcula cuánto tendrás que pagar este año y desde qué cantidad debes tributar
Desde que comenzó el año, un empleado soltero que perciba más de $74.810 netos por mes tributará este impuesto.

Desde que comenzó el año, el mínimo no imponible para el pago del Impuesto a las Ganancias subió 35,38% para todo el año (casi 10 puntos porcentuales por debajo de la de 2020), a partir de la publicación del índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte) de octubre.
Así las cosas, una empleada o empleado soltero que gane más de $74.810 netos al mes comenzará a tributar este impuesto, mientras que una empleada o empleado casado con dos hijos lo hará desde los $98.963,20, según publicó Télam.
Hay que tener en cuenta que estos montos se pueden modificar, ya que hay distintas deducciones familiares que se pueden realizar, como el pago de un alquiler o hipoteca.
¿Desde qué cantidad tenés que tributar?

- Soltero/a sin hijos pagará ganancias a partir de: sueldo bruto de $90.130 / sueldo neto de $74.812.
- Casado/a con dos hijos y marido o esposa que trabaja -con sueldo neto superior a $12.898)-, pagará ganancias a partir de: sueldo bruto de $104.748 / neto de $86.941.
- Casado/a con marido o esposa sin ingresos o neto menor a $12.898, pagará ganancias a partir de: sueldo bruto de $119.236 / neto de $98.996.
*Cálculos de la tributarista y socia de la consultora SMS Buenos Aires, Adriana Piano.
¿Qué es el impuesto a las ganancias?
Es un impuesto que se aplica a todas las ganancias obtenidas en un año fiscal.
¿Qué se considera por ganancia?
Según la ley, se considera ganancia a:
- Los rendimientos, rentas o enriquecimientos producidos por una fuente permanente.
- Los rendimientos, rentas o enriquecimientos obtenidos por las sociedades comerciales y empresas unipersonales.
- Los resultados obtenidos por la venta de bienes muebles amortizables e inmuebles y por la transferencia de derechos sobre inmuebles.
- Los resultados obtenidos por la venta de acciones, valores representativos, certificados de depósito de acciones, cuotas y participaciones sociales, monedas digitales, títulos, bonos y demás valores.
Para saber cómo presentar la Declaración Jurada de Ganancias podés hacer clic acá o entrar a la página web oficial de la AFIP.