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Doble indemnización por despido: qué es, cuándo corresponde y vigencia

Cuando un trabajador es despedido sin causa, debe recibir una compensación mayor. Todo lo que tenés que saber sobre el decreto que extendió el Gobierno.

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AME2845. BUENOS AIRES (ARGENTINA), 15/04/2020.- Tres hombres con tapabocas trabajan este miércoles en el Mercado Central de Frutas y Verduras del partido de La Matanza, en Buenos Aires (Argentina). El país atraviesa su cuarta semana de cuarentena obligatoria por el COVID-19. EFE/Juan Ignacio Roncoroni

Una de las primeras medidas que tomó el presidente Alberto Fernández al asumir su Gobierno, en diciembre de 2019, fue la establecer condiciones de protección a los empleados declarando la "emergencia pública en materia ocupacional" por 180 días.

Este Decreto (DNU 34 / 2019) establece, entre otras cosas, que "en caso de despido sin justa causa durante la vigencia del presente decreto, la trabajadora o el trabajador afectado tendrá derecho a percibir el doble de la indemnización correspondiente de conformidad a la legislación vigente". Además, establece que "no será aplicable a las contrataciones celebradas con posterioridad a su entrada en vigencia". La intención de este DNU fue desmotivar los despidos encareciendo el costo de despedir trabajadores y, a su vez, evitar que esta medida sea una excusa para no contratar personal.

¿Qué es la doble indemnización?

Cuando una trabajadora o trabajador es despedido sin justa causa, el empleador deberá pagarle una indemnización equivalente a un mes de sueldo por cada año de antigüedad o fracción mayor de tres meses, considerando la mejor remuneración del último año (o el tiempo de prestación del servicio si este fuera menor). Este decreto lo que hace es multiplicar por dos esta indemnización. Cabe destacar que, para para el caso de trabajadores que hayan sido contratados antes de la implementación de esta medida.

¿A quiénes corresponde?

A trabajadoras y trabajadores en relación de dependencia que sean despedidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor, recordando que la doble indemnización dispuesta por el Gobierno no es aplicable a las contrataciones celebradas con posterioridad a su entrada en vigencia, es decir, aquellas que se dieron luego de diciembre.

¿Hasta cuándo estará vigente?

En principio, la doble indemnización tiene vigencia hasta el 9 de junio. La idea del Gobierno es extenderla, al menos, por seis meses más. El anuncio se hará en los próximos días.

Decreto 34/2019

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