Ley de nietos: quién puede solicitar la ciudadanía española y qué documentos se necesitan
La Ley de Memoria Democrática permite que nietos e hijos de españoles que debieron exiliarse, por ejemplo, por motivos políticos, tengan facilidad para adquirir la ciudadanía.
El jueves 20 de octubre se publicó en el Boletín Oficial de Estado (BOE) de España la Ley de Memoria Democrática, conocida también como “Ley de Nietos”.
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La misma “amplía las opciones para la adquisición de la nacionalidad española para descendientes de quienes sufrieron el exilio”, según se comunicó de manera oficial.
“Esta ley tiene un doble objetivo. Por un lado, pretende fomentar el conocimiento de las etapas democráticas de nuestra historia y de todas aquellas figuras individuales y movimientos colectivos que, con grandes sacrificios, fueron construyendo progresivamente los nexos de cultura democrática que permitieron llegar a los acuerdos de la Constitución de 1978, y al actual Estado Social y Democrático de Derecho para defender los derechos de los españoles, sus nacionalidades y regiones”, se explica en el preámbulo y agrega: “Por otro lado, esta ley persigue preservar y mantener la memoria de las víctimas de la Guerra y la dictadura franquista, a través del conocimiento de la verdad, como un derecho de las víctimas, el establecimiento de la justicia y fomento de la reparación y el establecimiento de un deber de memoria de los poderes públicos, para evitar la repetición de cualquier forma de violencia política o totalitarismo”.
En este sentido en As.com te explicamos quiénes pueden solicitar la ciudadanía española y qué documentos se necesitan para hacerlo.
¿Quiénes pueden solicitar la ciudadanía española con la Ley de nietos?
Hasta el momento sólo podían solicitarla hijos e hijas de ciudadanos españoles, pero con esta ley pueden solicitarla:
¿Qué documentación es necesaria para el trámite?
Quienes quieran tramitarla deben sacar un turno o cita en el Consulado General correspondiente a su lugar de residencia en Argentina con:
Importante: la solicitud y presentación de documentación debe realizarse dentro de los dos años de entrada en vigencia de la Ley.