Fe de vida para jubilados ANSES: en qué consiste este trámite y por qué vuelve a ser obligatorio
A partir del mes de marzo 2022 las jubiladas y los jubilados deberán realizar nuevamente este paso para poder cobrar. Se puede hacer online y presencial.
Debido a la pandemia de coronavirus, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) dejó de solicitar a las entidades bancarias la Fe de Vida (Supervivencia) para que los jubilados, las jubiladas, los pensionados y las pensionadas puedan cobrar sus haberes.
Sin embargo a partir del 1° de marzo de 2022 será necesario nuevamente este trámite, aunque con una novedad: la ANSES pidió a las entidades bancarias que ya no se realice únicamente de forma presencial y que se pueda hacer de manera online para simplificarlo.
De esta forma, a partir del 1 de marzo, los bancos deberán ofrecer alternativas digitales para que las jubiladas/os y pensionadas/os puedan elegir de qué forma hacer el trámite de Fe de Vida.
¿A quién está dirigido el trámite?
¿Qué necesito?
El banco donde cobrás la jubilación o pensión es el responsable de acreditar el trámite de Fe de Vida. Para ello, deberá utilizar todas las metodologías digitales disponibles, para que tengas la posibilidad de hacer el trámite sin necesidad de ir a una sucursal.
Las formas digitales más utilizadas son:
¿Cómo hacer el trámite?
¿Qué pasa si te suspenden el cobro?
Si te suspendieron el cobro de tu haber por falta del trámite de Fe de Vida, se reactivará automáticamente una vez normalizada tu situación. Tené en cuenta que esto puede demorar hasta 60 días y que no necesitás hacer gestiones adicionales.