Pase sanitario para viajar en micro en la Provincia de Buenos Aires: cómo y dónde obtenerlo
Desde el 27 de enero rige el Pase Libre COVID Obligatorio para viajar en el transporte de larga y media distancia.

A partir del jueves 27 de enero de 2022 rige en la Provincia de Buenos Aires el Pase Sanitario para viajar en el transporte de larga y media distancia.
Así lo comunicó de manera oficial el ministro de Transporte bonaerense, Jorge D'Onofrio, quien dio detalles de la medida a través de sus redes sociales.
¿Qué es y quiénes deben presentar el Pase Sanitario?
Todas las personas mayores de 13 años deben presentar un certificado de al menos dos dosis de la vacuna contra el Covid-19 si quieren viajar en transporte de media y/o larga distancia.
A partir de hoy, si viajas en transporte público de media y larga distancia, tenés que presentar el esquema de vacunación completa contra la COVID-19 a través de VacunatePBA/MiArgentina al momento de comprar el pasaje.
— Jorge D´Onofrio (@donofriojorge) January 27, 2022
Reduzcamos los riesgos: #ViajáSeguro con el Pase Sanitario. pic.twitter.com/8zrZ6ITgE4
No obstante, hasta el 28 de febrero, si una persona tiene la primera dosis y no se cumplió el tiempo mínimo interdosis (seis semanas) también puede acreditar el pase libre.
¿Cómo y dónde obtener el Pase Sanitario?
- Si residís en la provincia de Buenos Aires podés acreditar las dosis de la vacuna con el carnet en cartón o tarjeta, en el portal mi.argentina.gob.ar y en las App VacunatePBA, Cuidar y MiArgentina.
- Si no residís en la provincia de Buenos Aires o te vacunaste en otro país podés acreditarlas en el portal mi.argentina.gob.ar, en las App MiArgentina o Cuidar o presentar el carnet de vacunación de tu jurisdicción o la constancia del país de origen.
Cabe destacar que esta medida se suma a la que rige desde el 21 de diciembre el Pase Libre con Vacuna como requisito para acceder a las actividades que representan mayor riesgo epidemiológico para COVID-19 en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires.
Estos son:
- Eventos masivos de más de 1.000 personas.
- Actividades culturales, deportivas, religiosas y recreativas en espacios cerrados: centros culturales, teatros, cines, gimnasios, eventos deportivos con aglomeración de personas, salones de fiestas y boliches, fiestas, casamientos, actos y reuniones con gran participación de personas, bares y restaurantes.
- Realización de trámites presenciales ante organismos públicos y entidades privadas que impliquen aglomeración de personas.