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ELECCIONES ARGENTINA

Elecciones Legislativas 2021: padrón electoral, dónde tienes que votar y quién puede hacerlo

Este domingo se celebrarán elecciones generales en todo el país. Acá, todo lo que debés saber para los comicios.

Actualizado a
Elecciones Legislativas 2021: padrón electoral, dónde tienes que votar y quién puede hacerlo

Este domingo 14 de noviembre se llevarán a cabo en toda la República argentina las Elecciones Legislativas. Para las mismas, la Cámara Nacional Electoral dio a conocer el padrón definitivo.

Debido a la pandemia de COVID-19 se agregaron instituciones para votar, para evitar aglomeraciones, por lo que puede haber cambios respecto a los lugares de la última votación. Así las cosas, las y los votantes pueden consultar en el padrón electoral qué escuela, qué mesa y qué número de orden les corresponde para estas elecciones.

Padrón electoral y dónde voto

Para conocer el lugar en el que te tocará emitir tu voto tenés que entrar a https://www.padron.gov.ar/ y completar el formulario con tu DNI, género y distrito.

¿Quiénes pueden votar?

El Artículo 1 del Código Nacional Electoral establece que "son electores los argentinos nativos y por opción, desde los dieciséis (16) años de edad, y los argentinos naturalizados, desde los dieciocho (18) años de edad, que no tengan ninguna de las inhabilitaciones previstas en esta ley". Eso sí, es importante destacar que sí o sí, la persona deberá encontrarse en el registro electoral (padrón).

Además, es importante destacar que en Argentina el voto es voluntario para jóvenes de 16 y 17 años y también para las personas mayores de 70.

¿Quiénes están exceptuados de ir a votar?

Los únicos electores o electoras que no tienen obligación de votar, pero si lo desean pueden hacerlo, son:

-Los jueces, juezas y sus auxiliares que el día de la elección estén afectados a los comicios.

-Los que el día de la elección se encuentren a más de 500 km de distancia del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables.

-El personal de organismos o empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio durante su desarrollo. En este caso el empleador o su representante legal comunicará al Ministerio del Interior la nómina respectiva con diez días de anticipación a la fecha de la elección, expidiendo, por separado, la pertinente certificación. Quienes por razones de trabajo deban estar ocupados durante las horas del acto electoral, tienen derecho a obtener por parte de sus empleadores una licencia especial que les permita concurrir a emitir su voto y, eventualmente, desempeñar funciones en el comicio, sin que ello implique una deducción del salario ni recarga horaria posterior.

-La Cámara Nacional Electoral exceptuó de ir a votar a quiénes tengan COVID-19, los que sean caso sospechoso, los que sean contacto estrecho de un caso positivo y a las personas que integren grupos de riesgo. La justificación deberá hacerse con un certificado.