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ELECCIONES ARGENTINA

Elecciones Legislativas 2021: ¿qué hace un fiscal de mesa, cuánto cobra y cómo saber si lo soy?

Este 14 de noviembre se celebrarán elecciones generales en toda la República argentina. ¿Cuál es el trabajo de las autoridades de mesa?

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Elecciones Legislativas 2021: ¿qué hace un fiscal de mesa, cuánto cobra y cómo saber si lo soy?

Este domingo 14 de noviembre habrá Elecciones Legislativas en toda la República argentina. En las mismas, las y los votantes elegirán diputadas, diputados, senadores y senadoras (en algunas provincias).

Para estos comicios -como para todos- habrá autoridades de mesa encargadas de garantizar el normal desarrollo de la jornada electoral. Además, habrá fiscales de mesa.

¿Qué hace una autoridad de mesa?

Las autoridades de mesa deben velar por el correcto y normal desarrollo del acto comicial en su mesa. La presencia de las autoridades de mesa es obligatoria durante todo el desarrollo de los comicios.

También hay fiscales de mesa, representantes partidarios que velan por el buen desarrollo de la elección en general, y particularmente por los intereses de su agrupación (o lista) dentro de los límites que el Código Electoral Nacional les otorga. Las agrupaciones políticas (o listas) podrán presentar fiscales de mesa para que los/as representen en cada mesa de votación, y un/a fiscal general para que actúe en cada establecimiento.

¿Cuáles son las funciones de los fiscales?

Las agrupaciones políticas que participan en las elecciones pueden nombrar un fiscal para que las represente ante cada mesa receptora de votos. Su misión es controlar y verificar, durante el transcurso del acto eleccionario, el debido cumplimiento de las disposiciones legales vigentes. Para ello pueden:

  • Entrar y salir libremente del establecimiento de votación.
  • Pedir que se examine el cuarto oscuro cuantas veces se considere necesario.
  • Estar presente cuando se acondicione el cuarto oscuro.
  • Entregar las boletas de la agrupación política que representan a las autoridades de mesa para su colocación en el cuarto oscuro y su eventual reposición.
  • Controlar la existencia del elector en el padrón.
  • Solicitar la impugnación de la identidad del elector o electora si así lo considera y justificarlo.
  • Presenciar el escrutinio de mesa.
  • Recurrir los votos por las razones que la ley contempla y justificarlo.
  • Reclamar ante cualquier irregularidad.
  • Solicitar el certificado de escrutinio con los resultados correspondientes en la mesa en la que actuaron.

¿Quiénes pueden ser fiscales de mesa?

Cualquier ciudadana o ciudadano que sea elector en el distrito, si sabe leer y escribir puede ser fiscal de una agrupación política. La agrupación política debe extender al fiscal un poder que contendrá su nombre y apellido, número de DNI y firma. Este debe ser presentado ante la autoridad de la mesa donde actúa.

¿Cuánto cobran las autoridades de mesa?

El artículo 72 del Código Electoral Nacional establece que los electores que hayan cumplido funciones como autoridades de mesa recibirán una compensación consistente en una suma fija en concepto de viático.

En estas elecciones las autoridades de mesa que cumplan efectivamente su función recibirán en concepto de viático $2.500 por elección. Además, recibirán $ 1.500 por elección, las autoridades de mesa, que efectivamente hayan participado de las actividades de capacitación reconocidas por la Justicia Nacional Electoral.

¿Cómo saber si seré autoridad de mesa?

No hay un padrón online para saberlo. Quienes hayan sido designados o designadas deberán ser correctamente notificados y notificadas a través del correo.