Impuesto a la riqueza: ¿quiénes lo tienen que abonar y hasta cuándo se extiende el plazo para pagarlo?
La AFIP extendió por dos semanas el vencimiento del Aporte Solidario. Todo lo que tenés que saber.

La Administración Federal de Ingresos públicos (AFIP) extendió el plazo para pagar el Aporte Solidario y Extraordinario.
La fecha límite inicial para la presentación de la declaración jurada y el pago era el 30 de marzo, pero se prorrogó hasta el 16 de abril para que los contribuyentes puedan reunir la documentación e información de respaldo necesarias para la determinación del "impuesto a la riqueza".
¿Quiénes deben pagar el impuesto a la riqueza?
El Aporte Solidario y Extraordinario alcanza a las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país por la totalidad de sus bienes en el país y en el exterior; y a las personas humanas y sucesiones indivisas no residentes, por la totalidad de sus bienes en el país, siempre que los mismos superen la suma de $ 200 millones.
De los fondos recaudados se destinará:
- Un 20% a la compra o elaboración de equipamiento médico, elementos de protección, medicamentos, vacunas y todo otro insumo crítico para la prevención y asistencia sanitaria.
- Otro 20% se empleará en subsidios a las micro, pequeñas y medianas empresas, con el principal objetivo de sostener el empleo y las remuneraciones de sus trabajadores; y una proporción igual irá para el programa integral de becas Progresar.
- En tanto, un 15% tendrá como destino el Fondo de Integración Socio Urbana, enfocado en la mejora de la salud y de las condiciones habitacionales de los habitantes de los barrios populares.
- El 25% restante, se usará para programas y proyectos que apruebe la Secretaría de Energía, de exploración, desarrollo y producción de gas natural.