A partir de este lunes 18 de mayo se ampliará el listado de actividades exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio, en Argentina, como por ejemplo las actividades religiosas en iglesias y templos (siempre que sean invidividuales) con una excepción: no podrán retomarse en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), donde la circulación del COVID-19 es mayor y aumentaron los casos de contagio.
El listado completo de prácticas exceptuadas se podrá leer en el Boletín Oficial en las próximas horas, sin embargo se dieron a conocer algunas de ellas.
¿Cuáles son las nuevas actividades exceptuadas? Actividades religiosas individuales en Iglesias, templos y lugares de culto de cercanía, correspondientes a la Iglesia Católica Apostólica Romana y entidades religiosas inscriptas en el Registro Nacional de Cultos. Cabe destacar que en ningún caso dichas actividades podrán consistir en la celebración de ceremonias que impliquen reunión de personas. Actividad y servicio de mantenimiento y reparación de material rodante ferroviario, embarcaciones, buques y aeronaves. Actividad de entrenamiento de pilotos, desarrollada a través de vuelos privados, en aeroclubes y en escuelas de vuelo, con un máximo de dos personas por aeronave, quienes deberán usar tapabocas y mantener la debida distancia entre ellas, a fin de minimizar los riesgos de contagio. Fabricación y provisión de insumos y repuestos indispensables para la prestación del servicio de transporte ferroviario, aéreo, fluvial o marítimo y cualquier otro que sea necesario para el mantenimiento de formaciones ferroviarias, embarcaciones, buques y aeronaves. Vuelta a la actividad del personal de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) y de especialistas en seguridad e higiene laboral. Actividades de las concesionarias de los corredores viales nacionales, incluído el cobro de peaje. Actividad aseguradora desarrollada por compañías aseguradoras, reaseguradoras e intermediarios.