Bono ANSES IFE: ¿puede aplicarme retención el banco sobre los 10.000?
Según la resolución que se publicó en el boletín oficial, el Ingreso Familiar de Emergencia "no es susceptible de descuento alguno" por las entidades bancarias.
Luego de los primeros días en los que parte de los beneficiarios recibieron el Ingreso Familiar de Emergencia en sus cuentas bancarias, algunos de ellos notaron que se les hicieron descuentos o retenciones, por lo que surgió la consulta de si estas operaciones por parte de los bancos están dentro del marco legal vigente.
La resolución 84/2020, publicada el 5 de abril en el Boletín Oficial, lo deja en claro en su artículo número 4: "Dispónese que el INGRESO FAMILIAR DE EMERGENCIA (IFE) que se otorga no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto".
En el contexto de la emergencia sanitaria y el aislamiento social, preventivo y obligatorio, esta ayuda excepcional para los trabajadores de la economía informal y los autónomos y monotributistas de las categorías más bajas resulta fundamental como ayuda económica para paliar la crisis, de modo que el gobierno busca asegurarse que puedan disponer de la totalidad del dinero.
En tanto, el Banco Central también envió el 1° de mayo una circular en la que refuerza la medida: "El Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), la Asignación Universal por Hijo (AUH) y el Salario Complementario (Decreto Nº 332/20) no están alcanzados por el Impuesto sobre Ingresos Brutos y las transferencias efectuadas por dichos conceptos por la ANSES quedan exceptuadas de las retenciones bancarias del Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias (SIRCREB), según lo informado por la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral".
"Quedarán excluidos de la misma retención los Créditos a Tasa 0% para Monotributistas y Autónomos, en todos los casos que las entidades financieras intervengan en la operación", cierra el comunicado.
Aquellos usuario que se vean perjudicados por débitos que no corresponda realizar pueden acudir a las asociaciones de Defensa del Consumidor o bien realizar el reclamo correspondiente en el sitio web del Banco Central.