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MEDICINA PREPAGA

Prepagas: ¿hasta cuándo puedo pedir un aumento menor y cómo tramitarlo?

Los asociados deberán completar una Declaración Jurada cada mes para solicitar un menor porcentaje de subas.

Actualizado a
Prepagas: ¿hasta cuándo puedo pedir un aumento menor y cómo tramitarlo?

Las empresas de medicina prepaga tendrán un nuevo incremento, el primero de 2023, que será de 8,21%.

Sin embargo ese aumento no será igual para todas las asociadas y todos los asociados ya que el Gobierno nacional, por decreto (N° 743/22), instrumentó un sistema de incrementos para los planes que tendrá como tope el 90% del Índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables del mes anterior.

Quienes quieran acceder a esta bonificación deben cumplir con una serie de requisitos y completar una Declaración Jurada todos los meses.

Cómo completar el formulario para acceder al beneficio

Las personas deberán ingresar todos los meses, antes del día 20 de cada mes, a completar la Declaración Jurada para Usuarios de Prepagas.

Paso a paso

  1. Ingresar a www.sssalud.gob.ar/misssalud (web de la Superintendencia de Servicios de Salud). De ahí ingresar al recuadro de “Declaración Jurada para Usuarios de Prepagas”.
  2. Generar “nueva declaración” que corresponderá al período vigente. Una vez que se completan los datos se envían y listo.

¿Quiénes pueden acceder al beneficio?

Podrán acceder aquellas personas que que posean ingresos netos inferiores a seis Salarios Mínimos, Vitales y Móviles. En la actualidad este monto sería de $392.562 mensuales.

¿Cuál será la bonificación?

A partir del 1° de febrero de 2023 y por el plazo de 18 meses el incremento del valor de las cuotas de los contratos individuales de adhesión voluntaria que deberán abonar las personas afiliadas a los sujetos alcanzados por la Ley N° 26.682 e inscriptos en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (RNEMP), incluidas aquellas que acceden al servicio por derivación de sus aportes obligatorios del sistema de Obras Sociales, tendrá como tope máximo el 90 % del Índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) del mes inmediato anterior publicado.

En este caso, el primer aumento del 2023 sería del 4,91%.