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ARGENTINA

El Gobierno autoriza la práctica de deportes para quienes representan a la Argentina

En una disposición del Boletín Oficial, el Gobierno declaró exceptuadas a las actividades deportivas que tengan nivel de Selección Nacional.

Actualizado a
El Gobierno autoriza la práctica de deportes para quienes representan a la Argentina

El Gobierno Nacional autorizó el regreso a los entrenamientos del los deportistas que representen a la Argentina en distintas disciplinas, además de auxiliares e integrantes de la Comisión Nacional de Antidopaje. Así marca la disposición publicada en el Boletín Oficial este viernes.

El Poder Ejecutivo en su Decisión Administrativa 1535/2020, habilitó la vuelta de los entrenamientos de los "deportistas de representación nacional pertenecientes a Confederaciones, Asociaciones, Fundaciones y Federaciones". Entre las 59 entidades habilitadas se encuentran la Confederación Argentina de Básquetbol (CABB), la Unión Argentina de Rugby (UAR), la Asociación Argentina de Tenis (AAT) y la Federación del Voleibol Argentino (FeVA).

Se aclaró que la movilidad, desplazamiento e interacción de las personas, producirá un incremento de los casos, por eso se debe asegurar un estricto cumplimiento de las recomendaciones sanitarias para minimizar el riesgo:

Fase 1:

  • Se recomienda que deportistas, cuerpo técnico y trabajadores/as, mantengan plenamente las medidas de cuidado general.
  • Mantenerse en el hogar junto a los convivientes y evitar las visitas de terceros.
  • - Antes de iniciar la fase de entrenamientos por grupos, se recomienda llevar a cabo entrenamientos individuales para alcanzar el estado de forma óptimo de los deportistas y reducir además el tiempo de adaptación. El/La deportista deberá recibir la programación diaria del entrenamiento en forma semanal con la rutina de los ejercicios, cargas, repeticiones, etc. Se sugiere que esta etapa individual se realice fuera de las instalaciones deportivas. Se recomienda el uso de herramientas telemáticas para entrenamientos individuales dirigidos por un preparador físico, videos con rutinas, etc.
  • En el entrenamiento grupal se recomienda el uso de centros de entrenamiento con habitaciones de uso individual y ocupación del área de entrenamiento adecuada al distanciamiento deportivo. El uso de esta estrategia permite reducir la circulación y movilidad de los deportistas, minimizando el riesgo de transmisión fuera de los centros de entrenamiento.
  • Fuera del período de entrenamiento y alimentación, el deportista se mantendrá en su habitación individual si se aloja en el centro deportivo.
  • Los grupos de entrenamiento deben mantener su conformación durante la Fase Grupal, tanto en actividades de entrenamiento como de alimentación. Deben evitar la realización de todo tipo de actividades con los participantes que conforman otros grupos de entrenamiento.
  • Establecer la dotación necesaria de personas del cuerpo técnico y otros asistentes necesarios para acompañar el entrenamiento de cada grupo. Priorizar que el número sea sólo el imprescindible para realizar el entrenamiento planificado.
  • El uso de barbijo casero debe ser una condición permanente en cuerpo técnico, trabajadores/as y deportistas fuera del momento de entrenamiento.
  • A través de las capacitaciones del personal se fomentará el autorreporte de signos y síntomas de COVID-19.
  • El control médico inicial, en caso de que el examen y sintomatología del deportista determine su realización, podrá incluir el test de PCR.
  • El control médico clínico de los participantes del entrenamiento deberá ser diario con el objetivo de detectar precozmente signos y/o síntomas de COVID-19.
  • Se recomienda un periodo de entrenamientos por grupos (hasta 6 deportistas), de manera que cada grupo entrene de manera consecutiva en turnos y ámbitos separados, evitando coincidir los grupos en cualquiera de las instalaciones del área de entrenamiento.
  • Se deberá contar con una agenda detallada de grupos de deportistas, horarios de entrenamiento y área de estos. Toda esta información deberá ser comunicada y estar registrada a fin de contribuir a la evaluación epidemiológica en caso de ser necesario.
  • La separación entre los miembros del grupo deberá ser por lo menos de 6 metros durante la actividad física deportiva.
  • Para las carreras, corridas o trote se evitará que lo hagan en fila. Se recomienda hacerlo en andariveles paralelos.
  • El entrenamiento de grupos en paralelo en distintos espacios de la institución podrá llevarse adelante evitando que los mismos se reúnan en los puntos de convergencia, por ejemplo, retiro de indumentaria.
  • Evitar la mezcla de equipos de trabajo (deportista, cuerpo técnico, trabajadores/as) entre los diferentes grupos.
  • Tras cada turno de entrenamiento, un equipo de limpieza deberá desinfectar totalmente los vestuarios.
  • El uso de materiales de entrenamiento deberá restringirse al mínimo necesario y todo deberá se desinfectado al finalizar el entrenamiento del grupo. Se sugiere disponer de equipos de materiales por grupo (conos, pelotas, etc).
  • Las botellas de hidratación serán de uso personal, deberán estar nominalizadas y no deberán compartirse. Se recomienda el uso de envases descartables y reciclables en lugar de bidones rellenables
  • El uso del gimnasio para entrenamiento de sobrecarga se recomienda que sea limitado al número de deportistas que permita una separación de 6 metros entre los mismo o disponer de equipos al aire libre para realizar la tarea. Al finalizar el uso deberán ser desinfectados y el deportista deberá higienizarse las manos entre ejercicio y ejercicio
  • La fisioterapia deberá ser indicada por el cuerpo médico y se reservará solo para tratamiento y recuperación de lesiones. Tanto el fisioterapeuta como el deportista deberán utilizar barbijo y mascarilla facial durante toda la sesión.
  • Los alimentos y suplementos alimenticios deberán entregarse en recipientes cerrados junto con la hidratación necesaria y se deberá disponer de un lugar adecuado para que cada grupo puede alimentarse e hidratarse antes o después del entrenamiento. En todo momento deberá asegurarse el distanciamiento adecuado (2 metros).

Fase 2: Entrenamientos colectivos (duración mínima 1 semana)

  • La fase de entrenamientos colectivos consistirá en una vuelta efectiva y total a los entrenamientos de todo el grupo.
  • En deportes de equipo: para lograr que coincidan en el terreno el mínimo número de personas posibles y dada la intensificación de los entrenamientos táctico-técnicos; se recomienda integrar hasta 18 deportistas.
  • Con carácter general se tomarán como base las medidas preventivas establecidas en la fase de entrenamiento grupal, aunque con las particularidades derivadas de la intensificación de los entrenamientos, tanto individuales como en grupo.
  • Se permitirá la presencia de personal técnico y auxiliar en la mínima cantidad imprescindible respetando de manera intensificada las mismas condiciones establecidas para el personal en la fase de entrenamiento grupal.

Las 59 entidades y federaciones habilitadas:

  • 1. Confederación Arg. De Deportes Acuáticos (CADDA)
  • 2. Confederación Arg. De Atletismo (CADA)
  • 3. Federación Argentina de Beisbol (FAB)
  • 4. Confederación Arg. De Bochas (CAB)
  • 5. Federación Argentina de Box (FAB)
  • 6. Federación Argentina de Canoas (FAC)
  • 7. Confederación Arg. De Cestoball
  • 8. Federación Argentina de BMX
  • 9. Federación Argentina de Ciclismo de Pista y Ruta
  • 10. Federación Argentina de Ciclismo de Montaña
  • 11. Federación Ecuestre Argentina (FEA)
  • 12. Federación Argentina de Esgrima
  • 13. Confederación Arg. De Gimnasia (CAG)
  • 14. Confederación Arg. De Handball (CAH)
  • 15. Confederación Arg. De Hockey sobre césped y Pista (CAHCyP)
  • 16. Confederación Arg. De Judo (CAJ)
  • 17. Federación Argentina de Luchas Asociadas (FALA)
  • 18. Federación Argentina de Netball
  • 19. Federación Argentina de Pentathlon y Biathlon Moderno
  • 20. Federación Argentina de Pesas (FAP)
  • 21. Federación Arg. De Racquetball
  • 22. Asociación Arg. De Remeros Aficionados (AARA)
  • 23. Unión Argentina de Rugby (UAR)
  • 24. Federación Arg. De Ski y Andinismo (FASA)
  • 25. Asociación Argentina de Squash Rackets
  • 26. Asociación de Surf Argentina
  • 27. Confederación Argentina de Taekwondo (CAT)
  • 28. Asociación Argentina de Tenis (AAT)
  • 29. Federación Argentina de Tenis De Mesa (FATM)
  • 30. Federación Argentina de Tiro (FAT)
  • 31. Federación Argentina de Tiro con Arco (FATARCO)
  • 32. Federación Argentina de Triatlón (FAT)
  • 33. Federación del Voleibol Argentino (FeVA)
  • 34. Federación Argentina de Yachting (FAY)
  • 35. Federación Arg. De Deportes para las Personas con Discapacidad Mental (FADDIM)
  • 36. Federación Argentina de Deportes para Ciegos (FADEC)
  • 37. Federación Argentina de Deportes para Parálisis Cerebral (FADEPAC)
  • 38. Federación Argentina de Deportes sobre Silla de Ruedas (FADESIR)
  • 39. Federación Argentina de Tenis de Mesa Adaptado (FATEMA)
  • 40. Federación de Football Argentino de Parálisis Cerebral (FFAPC)
  • 41. Federación Argentina de Ajedrez (FADA)
  • 42. Federación de Bádminton de la República Argentina (FEBARA)
  • 43. Confederación Arg. De Basquetbol (CABB)
  • 44. Asociación Argentina de Bridge
  • 45. Asociación Argentina de Aficionados al Billar
  • 46. Federación Argentina de Esquí Náutico y Wakeboard (FADEW)
  • 47. Federación Argentina de Físico Culturismo
  • 48. Asociación Argentina de Hockey sobre Hielo
  • 49. Federación Argentina de Karate (FAK)
  • 50. Asociación del Pádel Argentino
  • 51. Confederación Arg. De Patín (CAP)
  • 52. Federación Argentina de Pato y Horseball
  • 53. Confederación Arg. De Pelota (CAP)
  • 54. Confederación Argentina de Softbol (CAS)
  • 55. Asociación Argentina de Sumo
  • 56. Federación Argentina de Wushu Kung Fu
  • 57. Federación Argentina de Básquet Adaptado (FABA)
  • 58. Fundación Rugby Amistad
  • 59. Asociación de Clubes Liga Argentina de Voleibol