CORONAVIRUS ARGENTINA

Cierre de fronteras en Argentina: cuándo empieza y cuándo termina

El Gobierno del país informó a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 313/2020 que el país cerrará sus fronteras a partir de las 00:00 horas de hoy.

Actualizado a
Cierre de fronteras en Argentina: cuándo empieza y cuándo termina

El Gobierno nacional resolvió ampliar el cierre de fronteras que regía desde el 16 de marzo último "a las personas residentes en el país, y a los argentinos y las argentinas con residencia en el exterior", a través de la totalidad de los pasos internacionales, puertos, aeropuertos y centros de frontera, en el marco de las medidas adoptadas para frenar el avance del coronavirus.

Así lo establece el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 313/2020 que se publica hoy en el Boletín Oficial con la firma del presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y la totalidad de los ministros.

Cuando empieza el cierre de fronteras en Argentina

El cierre de fronteras total en el país comenzó a las 00:00 horas de hoy pero todavía hay vuelos de entrada autorizados por el gobierno, el último será a las 21:30 horas.

Cuando termina el cierre de fronteras en Argentina

Si bien el DNU establece que la medida rige hasta las 24 del próximo 31 de marzo, en su texto aclara que el plazo previsto "podrá ser ampliado o abreviado" por el Ministerio del Interior previa intervención de la autoridad sanitaria nacional conforme a la evolución de la situación epidemiológica.

A qué afecta el cierre de fronteras en Argentina

La medida comprende a los puertos, aeropuertos, pasos internacionales, centros de frontera y cualquier otro punto de acceso al país, según indica el artículo 1 del decreto, válido para "las personas residentes en el país y a los argentinos y las argentinas con residencia en el exterior".

Están exceptuadas las personas afectadas al traslado de mercaderías por operaciones de comercio internacional de transporte de cargas de mercaderías, los transportistas y tripulantes de buques y aeronaves, y las personas afectadas a la operación de vuelos y traslados sanitarios.

También, quienes se encuentran en tránsito aéreo hacia Argentina "con fecha de ingreso comprobada dentro de las 48 horas siguientes a la fecha de publicación del decreto", se indica.

Excepciones de entrada a la Argentina por el cierre de fronteras

"Sin perjuicio de lo expuesto, el eventual ingreso efectivo al país de cada persona o medio de transporte autorizado, estará supeditado al estricto cumplimiento de las recomendaciones y directivas de la autoridad sanitaria nacional", dice el decreto.

Se establece también que la Cancillería adoptará "a través de las representaciones argentinas en el exterior, las medidas pertinentes a efectos de facilitar la atención de las necesidades básicas de los nacionales argentinos o residentes en el país que no pudieran ingresar al territorio nacional", hasta tanto puedan hacerlo.