Coronavirus en Argentina: sanciones por no cumplir el aislamiento obligatorio
Alberto Fernández sacó un DNU que obliga a cierto grupo de personas a permanecer en cuarentena. Aquellos que no cumplan estarán cometiendo un delito.
Ante el aumento de casos de contagio de coronavirus, el presidente argentino, Alberto Fernández, estableció un Decreto de Necesidad y Urgencia con medidas para personas que cumplan con determinadas características como aquellos contagiados con el COVID-19, aquellos "casos sospechosos" o los que, por ejemplo, hayan vuelto de viaje de "zonas afectadas".
Todas aquellas personas que cumplan con una o más de una de estas características deberán respetar la cuarentena obligatoria. Aquellos que no lo hagan estarán cometiendo un delito, tal y como prometió el propio presidente de la Nación: "Vamos a ocuparnos de perseguir penalmente a quienes no cumplan la cuarentena".
¿Cuáles son las penas por no cumplir con el aislamiento obligatorio?
"Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia", detalla el artículo 205. Por su parte, el artículo 239 dice que tendrá una pena de prisión "de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones".
Respecto a esto, se pide en el DNU que "en caso de verificarse el incumplimiento del aislamiento indicado y demás obligaciones establecidas en el presente artículo, los funcionarios o funcionarias, personal de salud, personal a cargo de establecimientos educativos y autoridades en general que tomen conocimiento de tal circunstancia, deberán radicar denuncia penal para investigar la posible comisión de los delitos previstos en los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal".