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¿Se puede reclamar la cuota alimentaria de manera retroactiva en Argentina?

Durante cuánto tiempo se pueden reclamar las pensiones alimentarias atrasadas en Argentina.

¿Se puede reclamar la cuota alimentaria de manera retroactiva en Argentina?

El Código Civil de Argentina, en el artículo 1222 dice: “Se prescribe por cuatro años la obligación de pagar los atrasos: De pensiones alimenticias”. Pero para poder reclamar una pensión alimentaria, primero es necesario que lo autorice un juez, ya sea por sentencia judicial o por acuerdo entre padre-madre homologado judicialmente.

Si uno de los progenitores incumple la obligación de proporcionar la pensión, el otro progenitor puede advertir para que se cumplan los plazos. También hay que tener en cuenta que si el beneficiario de la pensión tiene entre 18 y 21 años, deberá ser él mismo el que reclame los atrasos, porque a los 18 años se adquiere la mayoría de edad, y a partir de ese momento, es el propio beneficiario quien administra su pensión alimenticia.

¿Cuándo se empieza a pagar la cuota?

El pago de la pensión de alimentos debe darse desde la fecha en que se presentó la primera demanda de divorcio, separación o medidas sobre hijos en común. Así lo establece el artículo 148 del Código Civil y lo viene confirmando el Tribunal Supremo.