Requisitos para aprobar la VTV: qué debo cumplir y pasos
La Verificación Técnica Vehicular es el control periódico del estado mecánico y de la emisión de gases contaminantes de los automotores. Todo lo que debés saber.

La Verificación Técnica Vehicular (VTV) es el control periódico del estado mecánico y de la emisión de gases contaminantes de los automotores. El mismo está previsto en la legislación vial nacional y provincial.
El trámite es pago y obligatorio y deben hacerlo todos los vehículos: particulares, comerciales y motovehículos.
Documentación requerida para realizar la VTV
- Cédula Verde.
- Título de Propiedad (únicamente en la primera verificación).
- C.U.I.T. (si correspondiere).
- Documento de identidad del conductor.
¿Qué se controla en la VTV de la provincia de Buenos Aires?
- Alineación de ruedas directrices
- Luces, bocina, limpiaparabrisas
- Sistema de frenos
- Sistema de dirección
- Parte inferior del vehículo
- Acondicionamiento interior
- Control de gases de escape
- Elementos de identificación (documentación, patente y grabado)
- Silenciador
- Suspensión
¿Qué pasa si te rechazan la verificación?
Si te rechazan la VTV significa que se le han detectado al vehículo uno o más defectos graves. Estos defectos se detallan en el informe de inspección. El vehículo no está en condiciones de circular hasta tanto se solucione el desperfecto y se regrese para una nueva revisión.
Cabe destacar que la persona no tendrá que abonar la VTV nuevamente.
¿Cada cuánto se realiza la VTV?
Motocicletas
- Hasta un año: Exento
- A partir del año: Anual
Vehículos particulares dedicados al transporte de personas, con capacidad de hasta 9 plazas incluido el conductor. No se consideran motocicletas y ciclomotores.
- Hasta 2 años: Exento
- A partir de los 2 años: Anual
Vehículos y motovehículos 0km
Los vehículos y motovehículos 0KM, siempre en la categoría de livianos particulares y en las zonas donde el servicio es prestado por plantas fijas, deberán realizar su verificación técnica vehicular a partir de los 24 meses de su inscripción inicial en caso de los vehículos y de 12 meses en caso de los motovehículos, y conforme a la terminación de su último dígito de dominio. Luego la frecuencia de verificación será la que corresponda a su categoría.
Vehículos dedicados al transporte de personas, con capacidad de hasta 9 plazas incluido el conductor
- Hasta un año: Exento
- De 1 a 4 años: Anual
- A partir de los 4 años: Semestral
Vehículos de servicio público o privado dedicados al transporte de personas, incluido el Transporte de Escolares y Menores con capacidad para 10 o mas plazas incluido el conductor.
- Hasta 6 meses: Exento
- De 6 meses a 2 años: Anual
- A partir de los 2 años: Semestral
Vehículos o conjunto de vehículos dedicados al Transporte de Mercancías o Varios, de Servicio Público o Privado y Cabezas Tractoras Independientes
- Hasta 1 año: Exento
- De 1 a 20 años: Anual
- A partir de los 20 años: Semestral
Tractores agrícolas, maquinaria agrícola autopropulsada y remolques agrícolas
- Hasta 3 años: Exento
- A partir de los 3 años: Anual
Vehículos especiales destinados a Obras y Servicios y Maquinaria Autopropulsada, con exclusión de aquellos con velocidad de servicio menor de 20km/h
- Hasta 3 años: Exento
- A partir de los 3 años: Anual
Vehículos dedicados a Escuelas de Conductores
- Hasta un año: Exento
- De 1 a 5 años: Anual
- A partir de los 5 años: Semestral
Vehículos dedicados al Servicio de Alquiler sin Conductor
Hasta un año: Exento
- De 1 a 5 años: Anual
- A partir de los 5 años: Semestral
Ambulancias de Servicio Público o Privado
- Hasta un año: Exento
- A partir del año: Semestral
*Los plazos de exención se cuentan a partir de la fecha de la primer matriculación.