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VIOLENCIA DE GÉNERO

Programa acompañar ANSES: qué mujeres podrán acceder y de cuánto son los montos

El Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad lleva a cabo esta importante acción contra las Violencias por Motivos de Género. Lo que debés saber.

Actualizado a
Programa acompañar ANSES: qué mujeres podrán acceder y de cuánto son los montos

El Programa Acompañar es un programa del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad para promover la autonomía de las mujeres y LGBTI+ que se encuentran en riesgo por violencias por motivos de género.

El objetivo del programa es poder ayudar a crear condiciones materiales que garanticen que las personas y grupos más afectados por las violencias de género puedan desarrollar un proyecto de vida autónomo.

¿Quiénes pueden acceder?

Mujeres y LGBTI+ en situación de violencias por motivos de género que se encuentren en riesgo, y que por sus condiciones socio económicas y vinculares se encuentren expuestas a diversas manifestaciones de las violencias por motivos de género que pongan en riesgo su integridad física y psicológica y su autonomía económica y social.

¿Cuál es el monto que se entrega?

El monto mensual del apoyo económico corresponde a un salario mínimo vital y móvil ($33.000 en marzo 2022). El mismo será otorgado durante 6 meses.

¿Cómo solicitar el Programa?

Se puede solicitar a través de las Unidades de Acompañamiento de todo el país y en los Operativos Territoriales que están recorriendo el país.

Para conocer la Unidad de Acompañamiento más cercana ingresá en la página de Unidades de Acompañamiento o comunicate con la Línea 144 para recibir información, a través de un llamado al 144, escribiendo por WhatsApp al 1127716463 o por mail a linea144@mingeneros.gob.ar.

Compatibilidades e incompatibilidades

Es compatible con:

  • Asignación Universal por hija o hijo.
  • Asignación Universal por Embarazo para Protección Social.
  • Asignación por hija o hijo con discapacidad.
  • Monotributo Social.
  • Trabajo registrado bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

Es incompatible con:

  • Ingresos por trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado, monotributo y régimen de autónomos (excepto monotributo social).
  • Subsidio o prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo y/o capacitación otorgada por el Estado nacional.
  • Jubilaciones, Pensiones o Retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales, o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Pensión Universal para el Adulto Mayor dispuesta por el Decreto N° 894/2016.
  • Prestación por desempleo.