Pensión vitalicia ANSES: en qué consiste y quién la puede cobrar
Está destinada a familiares de trabajadoras y trabajadores esenciales que hayan fallecido durante el ejercicio de sus tareas como consecuencia del COVID-19.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) tiene disponible una pensión para familiares de trabajadores y trabajadoras esenciales que hayan fallecido como consecuencia del COVID-19 durante el ejercicio de sus tareas en plena pandemia.
Se trata de un pago mensual, de carácter vitalicio, que equivale a dos jubilaciones mínimas ($65.260,80).
A quiénes les corresponde
Está destinada a cónyuges, convivientes e hijas o hijos de trabajadoras y trabajadores esenciales que hayan fallecido durante el ejercicio de sus tareas como consecuencia del COVID-19.
Requisitos
Trabajador o trabajadora esencial fallecido/a
- Haber fallecido entre el 1 de marzo y el 30 de septiembre de 2020 como consecuencia del COVID-19.
- Haberse desempeñado tareas presenciales durante el período 01/03/2020 y el 30/09/2020 dentro de algunos de los siguientes rubros:
-Personal de los sistemas de salud pública y privada
-Personal de las Fuerzas Armadas
-Personal de las Fuerzas de Seguridad
-Personal de la Actividad Migratoria
-Personal de la Actividad Aduanera
-Bomberos
-Recolectores de residuos domiciliarios
-Recolectores de residuos patogénicos
Cónyuge de la trabajadora o trabajador fallecida/o:
- Partida de matrimonio actualizada (posterior a la fecha de fallecimiento).
Conviviente de la trabajadora o trabajador fallecida/o:
- Unión convivencial
- O acreditar cinco años de convivencia anteriores e inmediatos a la fecha del fallecimiento. Ese plazo se reduce a 2 años en caso de haber tenido un hijo en común y reconocido por ambos.
Hijas/os de la trabajadora o trabajador fallecida/o:
- Hijas/os solteras/os hasta los 21 años de edad.
- Hijas/os solteras/os hasta los 25 años, si a la fecha del fallecimiento recibían pago por alimentos (art. 663 del CC).
- Hijas/os solteras/os cuando sus capacidades se encontraran restringidas a la fecha de fallecimiento del causante sin límite de edad, mientras dure esa restricción.
- Hijos/as solteros/as, viudos/as y divorciados/as sin límite de edad, a cargo del causante, que se encontraran:
- Con incapacidad para trabajar a la fecha del fallecimiento del causante.
- En un estado comprobado de necesidad ocasionado por la escasez o carencia de recursos personales a la fecha en que cumplieran 18 años de edad.
En todos los casos, se debe presentar:
- Certificado de defunción donde conste que la causa del fallecimiento fue por haber contraído COVID-19.
- Constancia de la empleadora o empleador manifestando que se encontraba desempeñando tareas presenciales durante el período 01/03/2020 y el 30/09/2020.
Incompatibilidades
Esta pensión es incompatible con cualquier otra prestación no contributiva de carácter nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Cómo realizar el trámite
- Ingresá en mi ANSES con tu CUIL y Clave de la Seguridad Social y revisá que tus datos personales y vínculos familiares estén correctos.
- Ingresá en Atención Virtual, opción Asistencia para inicio de Pensión COVID - Ley N° 27.549.