Fe de vida para Jubilados ANSES: cómo hacer el trámite y cuál es la fecha límite
Las jubiladas, los jubilados, los pensionados y las pensionadas deberán realizar nuevamente este paso para poder cobrar. Se puede hacer online y presencial.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) dejó de solicitar a las entidades bancarias la Fe de Vida (Supervivencia) para que los jubilados, las jubiladas, los pensionados y las pensionadas puedan cobrar sus haberes debido a la pandemia de coronavirus.
Sin embargo, a partir del martes 1° de marzo de 2022 este trámite es nuevamente obligatorio, aunque con una novedad: la ANSES les pidió a las entidades bancarias que ya no se realice únicamente de forma presencial y que se pueda hacer de manera online para simplificarlo.
Así las cosas, los bancos deberán ofrecer alternativas digitales para que las jubiladas/os y pensionadas/os puedan elegir de qué forma hacer el trámite de Fe de Vida.
¿Cómo hacer el trámite?
¿Qué necesitás?
El banco donde cobrás la jubilación o pensión es el responsable de acreditar el trámite de Fe de Vida. Para ello, deberá utilizar todas las metodologías digitales disponibles, para que tengas la posibilidad de hacer el trámite sin necesidad de ir a una sucursal.
Las formas digitales más utilizadas son:
Para mayor información sobre la manera de acreditar la Fe de Vida, comunicate con tu banco. Conocé los canales de cada entidad haciendo clic acá.
¿Qué pasa si te suspenden el cobro?
Si te suspendieron el cobro de tu haber por falta del trámite de Fe de Vida, se reactivará automáticamente una vez normalizada tu situación. Tené en cuenta que esto puede demorar hasta 60 días y que no necesitás hacer gestiones adicionales.