Fe de vida ANSES: cómo tramitarlo y cuáles son los requisitos para poder hacerlo
Las jubiladas, los jubilados, los pensionados y las pensionadas tienen que realizar nuevamente este paso para poder cobrar sus haberes. Pueden hacerlo online o presencial.
A partir del mes de marzo de 2022 la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) volvió a solicitarles a las entidades bancarias la Fe de Vida (Supervivencia) para que los jubilados, las jubiladas, los pensionados y las pensionadas puedan cobrar sus haberes.
Este trámite se había suspendido en 2020 cuando se dieron las primeras medidas restrictivas por la pandemia de coronavirus pero en la actualidad es nuevamente obligatorio, aunque con una novedad: la ANSES les pidió a las entidades bancarias que ya no se realice únicamente de forma presencial y que se pueda hacer de manera online para simplificarlo.
Así las cosas, los bancos deberán ofrecer alternativas digitales para que las jubiladas/os y pensionadas/os puedan elegir de qué forma hacer el trámite de Fe de Vida.
¿Cómo hacer el trámite?
¿Qué necesitás para hacer el trámite?
El banco donde cobrás la jubilación o pensión es el responsable de acreditar el trámite de Fe de Vida. Para ello, deberá utilizar todas las metodologías digitales disponibles, para que tengas la posibilidad de hacer el trámite sin necesidad de ir a una sucursal.